ASOCIACION DE DIRIGENTES MUTUALISTAS
HISTORIA DEL MUTUALISMO
- El proceso de desarrollo mutual en la Argentina está indiscutiblemente ligado a la historia del trabajo y a los sectores de medianos y escasos recursos. Lo mismo sucede en otros países, particularmente europeos.
- No es necesario extremar la investigación para comprobar que en las sociedades de todos los tiempos, y aún en la actualidad, existen relaciones que se basan en el predominio de unos hombres sobre otros de unos grupos sobre otros grupos. Estos predominios se amparan en la fuerza o en el poder que da la fortuna -bien o mal habida-, autoritarias o protectoras, pero siempre basadas en la imposición. La falta de libertad e igualdad en el trato siempre ha representado una lesión, más o menos profunda, a la dignidad humana, y en definitiva a las posibilidades humanas, tanto de orden social como económico.
- Hechos de este tipo, aunque en menor intensidad y significado que en otras latitudes, se han dado en nuestra tierra, y ello produjo la unión de los hombres menos favorecidos para defenderse y buscar, por sus propios medios, un mecanismo social y económico que diera satisfacción a sus necesidades mediante el esfuerzo y la perseverancia del grupo.
- Los que primero experimentaron esa necesidad de agruparse en el Virreynato del Río de la Plata han sido los inmigrantes, colonos en su mayoría. Estos traían una formación social por influencia de los colegios romanos, las cofradías y los montepíos, a los cuales nos hemos referido anteriormente.
- Esos hombres que procedían de España, inicialmente en su mayoría, junto con los que fueron llegando más tarde de Italia y, en menor escala, de Francia, Portugal, Alemania y otros
países se integraron en instituciones mutualistas para fortalecer sus sentimientos patrióticos, conservar sus tradiciones y protegerse de las enfermedades.
- En el año 1812, ya constituido el gobierno patrio, se garantizó a esos pobladores el goce de sus derechos, entre ellos el de asociarse con fines útiles. El decreto firmado, que lleva fecha 4 de septiembre de 1812, decía textualmente:
"Artículo 1? - El Gobierno ofrece su inmediata protección a los individuos de todas las naciones y a sus familias que quieran fijar su domicilio en el territorio del Estado, asegurándoles el pleno goce de todos los derechos del hombre en sociedad, con tal que no perturbe la tranquilidad pública y respeten las leyes del país.
Art. 2° - A los extranjeros que se dediquen al cultivo de los campos se les dará terreno suficiente y se les auxiliará para sus primeros establecimientos rurales; y en comercio gozarán de los mismos privilegios que los naturales del país."
- No es menos importante, desde el punto de vista político, social y económico, la ley del 22 de agosto de 1822 que complementó el decreto antes transcripto, y merced a ella se dictaron reglamentos para diversas colonias agrícolas. El reglamento de la Colonia San Carlos, en la hoy Provincia de Santa Fe, facultaba a los colonos para formar comisiones con el objeto de atender necesidades de los huérfanos y las viudas, velar por la educación de los niños cuyos padres habían muerto y custodiar intereses materiales de los que estuvieran bajo su tutoría. El reglamento aludido regulaba la práctica solidaria entre los colonos, motivándolos para integrarse en instituciones muy similares a las mutuales.
Entre los años 1856 y 1875 se fueron constituyendo entidades de ayuda mutua en diversas jurisdicciones del país. Se conocen los siguientes datos: fundadas en Buenos Aires 27; Santa Fe 19; Capital Federal 12; Entre Ríos 9; Córdoba 6 y Tucumán 1.
Se sabe también que 25 de ellas estaban integradas por italianos; 14 por españoles; 7 por franceses; 3 por suizos. El resto, tituladas "cosmopolitas" agrupaban a personas de diferentes nacionalidades, que eran trabajadores zapateros, sastres, tipógrafos, y de otros oficios.
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